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EL VOTO CAUTIVO. STATUS ELECTORAL DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD

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  El voto de los detenidos. El voto de las personas que se encuentran en situación de encierro. El voto de los presos. ¿Pueden, o deben, ejercer el derecho al sufragio (activo) las personas detenidas, presas, en razón de la transgresión de la ley penal?.   Esta discusión, que gira (o por lo menos debería) en torno a los derechos fundamentales de la persona humana, la necesaria limitación de algunos de ellos derivada de aquella situación de encierro, y el cumplimiento de los compromisos asumidos por nuestro país a partir de la incorporación de TTII a nuestra Constitución, derivó, y deriva, reiteradamente, en disputas ideológicas entre los partidarios de que se habilite a los detenidos a elegir autoridades públicas y aquellos que consideran que el haber cometido delitos (o la mera sospecha de que así haya sido) los inhabilita para ejercer su derecho a votar.   En el mundo, la instrumentación del derecho de voto de las personas detenidas es dispar. En EEUU, solo dos estados (Maine y