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Mostrando entradas de 2019

EL DERECHO ELECTORAL PASIVO: REELECCIONES

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Otro de los temas de gran actualidad a nivel nacional. Las reelecciones en cargos electivos, sean estos ejecutivos o legislativos. Se viene imponiendo una corriente de renovación que impulsa la no reelección, o en su defecto, las reelecciones acotadas, para Diputados y Senadores, Intendentes, Concejales y presidentes Comunales. En Buenos Aires fue ley. La suspendieron, luego la derogaron. Hace muy poco tiempo se presentó un recurso ante la Corte Suprema nacional respecto de la inconstitucionalidad de reelecciones en Bs As.  Algunos municipios de Mendoza limitaron, por   Ordenanza, las reelecciones de Intendentes. Y tengamos presente que en Santa Fe, donde los Intendentes y Presidentes Comunales  son reelectos tantas veces como se postulen, no hay normas expresas que habiliten la reelección . Si las hay respecto de los Concejales. Y el Gobernador no puede ser reelecto. En Santa Fe se propugnan ahora tales limitaciones de mandatos. Hay quienes sostienen que es inconstituci

EL QUE FUE A LA VILLA, ¿PERDIÓ SU SILLA? (ó A QUIEN PERTENECEN LAS BANCAS)

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Tema complejo, discutido y discutible, debido a la permisividad de la política y a las nulas señales de los organismos electorales.    A partir del “salto de garrocha” del diputado Lorenzo (“Borocotó”) desde las huestes del macrismo a las filas K, en 2005, se visibilizó el fenómeno del "transfuguismo" que aquí en Argentina comenzó a llamarse (como personalistas que somos) “borocotización”. Esta práctica, muy común en nuestro país, y a la que se le presta nula atención, puede tener (tiene) diversas causas: "saltimbanquis" políticos que, sin lugar en una lista, saltan a un partido distinto y luego vuelven al de origen, la compra de voluntades por partidos más fuertes u oficialismos, posibilidad de acceder a otros cargos políticos, oportunismo coyuntural, o, final y simplemente, en su acepción más “social”, la traición a ideales o propuestas partidarias y al voto popular, entre otras varias. Lo cierto es que esta violación de la confianza política contribuye al

PUEBLO CHICO, INFIERNO GRANDE

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                                                                                           En los pueblos chicos, todos se conocen...y todo se conoce. Todos son vecinos de todos, y familiares de muchos. Reina la buena vecindad y la concordia, hasta que la política mete la cola y el pueblo chico se transforma en un gran infierno de pasiones, conflictos y disputas.   La ley N° 2439 Orgánica de Comunas rige la vida de estos pagos chicos santafesinos desde 1935 con algún que otro retoque. Para dar una idea del contexto histórico en que esa ley se sancionó, imperaba en nuestra provincia la Constitución de 1900/7 y por un breve periodo la de 1921, y mas adelante la actual de 1962. Es decir, la LOC tiene resabios de las autonomías comunales, y de, por ejemplo, los mecanismos de democracia directa que consagraban aquellas dos primeras y que luego desaparecieron de nuestra ley superior en 1962, a pesar de lo cual aun se mantienen en la 2439, sin ningún tipo de operatividad. Son letra muer

CREXELL: NO ME CORRAN CON LA PARIDAD....

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Córranme con el sistema establecido en el Código Electoral. Eso podría haber solicitado Lucila Crexell El caso de Lucila Crexell puso (otra vez) en el centro de la escena las cuestiones de paridad para los reemplazos o vacancias en las listas legislativas. Pero esta vez equivocadamente. En Neuquén, la lista de Senadores nacionales de la Alianza Frente por el Cambio. postuló a Horacio "Pechi" Quiroga como 1° titular y a Crexell (en virtud de las reglas de paridad y alternancia), como 2° titular, con sus respectivos suplentes del mismo género/sexo. En el interregno entre las P.A.S.O. (cuyos resultados favorecieron a esa Lista, por lo que se alzaba con los dos Senadores por la mayoría) y las Generales, fallece Quiroga (obviamente, antes de resultar electo), y se desata la disputa entre Crexell, como 2° titular, y Balbi (suplente de Quiroga), para determinar a quien de ambos le correspondía ocupar el lugar del fallecido. En una primera instancia, la Jueza Federa

SAN GENARO, SOBRE GÉNERO

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  Lo que genera en San Genaro la cuestión de género. Se produce otra disputa relacionada con las medidas positivas y la igualdad de oportunidades para el acceso a cargos públicos entre varones y mujeres. Lo que sigue es mi opinión técnica jurídica sobre un tema que se aborda solo desde lo político, sin conmensurar que la política, y especialmente las cuestiones electorales, necesariamente, deben reposar sobre reglas claras, sobre normas de Derecho Electoral que, más allá de las consideraciones personales y/o sociales que se hagan de ellas, son las que otorgan previsibilidad a la "competencia electoral". Como ya lo dije en otra oportunidad  (aquí) , creo que los Municipios tienen facultades suficientes para "reglamentar" por Ordenanza el Cupo Femenino establecido por ley 10802, en tanto ella solo establece "como mínimo" el 1/3 de mujeres en las listas legislativas de pre candidatos o candidatos. Elevar el cupo de 1/3 a 1/2 no implica legislar

LAS DOS CARAS DE LA INSTITUCIONALIDAD Y LA TRANSPARENCIA

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En épocas en que toma fuerzas nuevamente la posibilidad de la reforma constitucional en Santa Fe, sería bueno entender la importancia de no solo declamar, sino de cumplir, y de poder mostrar, y demostrar, qué queremos cuando queremos una nueva Constitución. O para que queríamos la reforma.   El socialismo gobernante, en palabras de algunos de sus máximos referentes, en su momento, dio cátedras sobre la necesidad de la reforma, sobre sus objetivos y sobre el espíritu reformista que siempre insufló al ideario socialista. La transparencia en la gestión, la buena administración y la calidad institucional fueron, y son, según ellos, el norte de su acción de gobierno. (Permítaseme aquí esbozar una sonrisa).   para   A partir de 2005, año de aquellas recordadas elecciones con urnas mojadas, el socialismo vino reclamando, desde la oposición, una justicia electoral independiente, con organismos especializados, para terminar con las sospechas y llevar adelante procesos eleccionarios