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Mostrando entradas de julio, 2021

¡SI, JURO!

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A  propósito de la pre candidatura a Senador nacional de algunos Gobernadores/Vice provinciales  se han abierto interrogantes a partir de la duda, constitucional/legal, de que esto pueda ser viable o posible. En su caso, si esta posibilidad, es o no objetable desde el punto de vista ético, institucional o político. ¿Pueden, un Gobernador y/o Vice con mandatos vigentes, presentarse como pre candidatos a ocupar cargos legislativos nacionales en elecciones de medio tèrmino? Voy a intentar elaborar algunos breves argumentos sobre el tema. No son la verdad revelada, sino solamente mi opinión. Para empezar tenemos que decir que, en principio, la CN no impide (no prohíbe), hoy, taxativa y expresamente, que estos funcionarios, electos por la voluntad popular para ejercer el Poder Ejecutivo provincial (mas allá de la discusión sobre la pertenencia del Vice al Ejecutivo o Legislativo, pues son elegidos en fórmula inescindible), puedan ser “pre candidatos” o “candidato

SAINete SANTAFESINO

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El Lic. Marcelo Saín ocupó, y ocupa por estos días la casi totalidad de la agenda de actividades y negociaciones legislativas, ejecutivas y judiciales: el pedido de Juicio Político y, ya renunciado del Ministerio de Seguridad, su regreso al O.I. dependiente del M.P.A y el consecuente tratamiento/pedido de la Legislatura (apoyados en un dictamen del Fiscal Regional Reconquista) a efectos de que sea inhabilitado para ejercer esa función pública. Respecto del primer tema, me remito a  https://electorando.blogspot.com/2021/03/la-constitucion-brilla-para-todos.html . En mi opinión, la Cámara de Diputados no podía iniciar, en ese momento, el proceso de tratamiento del Juicio Político por no encontrarse en periodo de sesiones ordinarias o de prórroga. Pero, una vez comenzado el nuevo periodo de sesiones ordinarias (1/5/21), no había ningún impedimento constitucional/legal, para que se inicie el tratamiento del pedido de Juicio Político, aun habiendo ya renunciado a su cargo co

ELECCIONES SIMULTANEAS Y CAMPAÑA ELECTORAL

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El federalismo electoral hace posible la coexistencia, en nuestro país, de múltiples y diversos regímenes normativos en esa materia -tantos como provincias existen-, los cuales conviven, necesariamente, con el régimen federal que rige los procesos eleccionarios de autoridades nacionales (Presidente y Vice, Diputados y Senadores nacionales).  Esto supone que cada provincia conserva, entre otras cosas, la facultad de definir sus propio sistema electoral, las fechas para llevar adelante la elección de sus autoridades, con sus propias normas y su propio calendario, su propio régimen institucional, etc., independientemente de lo que se establezca a nivel nacional.  Más allá de las marchas y contramarchas, indefiniciones y demoras que este proceso electoral 2021 se vio obligado a afrontar, finalmente, las elecciones nacionales se llevarán adelante, según la ley sancionada por el Congreso (Ley N° 27631), los días 12/09 y 14/11, en lugar de las fechas originales (segundos domingos de Agosto y