EJERCICIO ELECTORAL
1 2 3 A partir de la sanción de la ley de paridad, y en relación a algunos cuestionamientos a su artículo 5, vamos a presentar un "escenario electoral hipotético" para verificar la respuesta normativa, teniendo en cuenta que ese artículo establece la secuencialidad de géneros en el total de la lista, pero no la alternancia, sino por duetos. Dice la politóloga Maria Inés Tula: "La paridad acompañada de la alternancia (mandato de posición) garantiza la igualdad de oportunidad, pero es la posición en la lista la que permite una participación real; es decir, la igualdad de resultados ." https://lac.unwomen.org/es/digiteca/publicaciones/2018/2 /paridad-de-genero-politica-e-instituciones En esta hipótesis, un Partido (o Alianza), llamémosle IDC presenta 3 listas (A, B, C) para competir en las P.A.S.O., categoría Diputados. Vale aclarar q