(IR)RETROACTIVIDADES, VACANCIAS Y COMPETENCIAS DEL TEP: EL CASO ROLDAN
Estos temas (que en el caso, además, se presentan conectados), de absoluta actualidad y trascendencia en lo que refiere al Derecho Electoral "vigente y aplicable", a la función jurisdiccional de los OE y a los estándares de transparencia de los procesos, y de previsibilidad, certeza y objetividad en la interpretación y aplicación de las normas, pueden (y deben) ser considerados y analizados desde tres distintas miradas o aristas. La primera es si el Derecho Electoral habilita la aplicación de la norma vigente y actual a relaciones o situaciones que inician con anterioridad a la sanción de aquella (lo que equivocadamente se entendió como "aplicación retroactiva"), o bien si la preeminencia de la ley vigente cede en favor de aquella que, hoy derogada, tenía vigencia en el momento en que esas relaciones o situaciones inician (la "irretroactividad" de la ley electoral) La segunda es el valor del precedente o jurispr u dencia y hasta donde (cuando así sucede